Abierto el plazo de inscripción para la realización de un curso de formación para el empleo en el que podrán participar 15 personas

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Abierto el plazo de inscripción para la realización de un curso de formación para el empleo en el que podrán participar 15 personas

El plazo de solicitud permanecerá abierto hasta el 23 de febrero

- Toda la información está disponible en el siguiente enlace:https://acortar.link/GoC0eq

El Ayuntamiento de Lebrija informa que se encuentra abierto el plazo de solicitud para formar parte de un programa de formación profesional de Docencia de la formación profesional para el empleo", correspondiente al certificado de SSCE0110 Docencia de la formación profesional para el empleo.

El curso cuenta con una duración de 340 horas, en horario de 16:00 a 21:00 horas, el certificado de profesionalidad de SSCE0110 DOCENCIA DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO. Finalizada la formación se realizarán las prácticas profesionales no laborales en empresas, de 40 horas de duración.

La formación dará comienzo en abril y se prolongará hasta julio de 2024, en horario de 16:00 a 21:00 horas.

Los contenidos del curso son:

- Programación didáctica de acciones formativas para el empleo. (60 horas).

- Selección, elaboración, adaptación y utilización de materiales, medios y recursos didácticos en formación profesional para el empleo (90 horas).

- Impartición y tutorización de acciones formativas para el empleo (100 horas).

- Impartición de acciones formativas para el empleo (70 horas).

- Tutorización de acciones formativas para el empleo (30 horas).

- Evaluación del proceso de enseñanza–aprendizaje en formación profesional para el empleo (60 horas).

- Orientación laboral y promoción de la calidad en la formación profesional para el empleo (30 horas).

- Módulo de prácticas profesionales no laborales de Docencia en la formación para el empleo (40 horas).

La obtención de este certificado capacita para ejercer sus funciones en programas puntuales o de larga duración, desarrollando su actividad en las siguientes áreas: Formador de formación no reglada; Formador de formación ocupacional no reglada; Formador ocupacional; Formador para el empleo; Formador de formadores. Su actividad se desarrolla en cualquier organización de carácter público o privado, que tenga como objeto el desarrollo de programas de Formación Profesional. Entre otras: Administraciones Públicas: estatales, autonómicas o municipales con competencias en los sectores educativo y ambiental.

Requisitos de las personas solicitantes

Para solicitar participar en esta acción formativa, el alumnado tiene que cumplir los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud de participación en la acción formativa y al inicio de la acción formativa.

  1. a) Estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como persona trabajadora desempleada no ocupada o como trabajadora agraria.
  2. b) Poseer alguno de los requisitos académicos para Nivel 3 de cualificación título de Técnico o Técnico Superior, de Bachiller o equivalente a efectos de acceso, un certificado profesional nivel 3, un certificado de competencia incluido en la oferta a realizar, o un certificado profesional de nivel 2 de la misma familia profesional.
  3. c) Preferentemente, reunir y acreditar la pertenencia al colectivo al que se dirige la acción formativa:
  • Personas desempleadas mayores de 45 años (se acreditará con DNI).
  • Personas perceptoras de rentas mínimas de inserción social o de ingreso mínimo vital (se acreditará mediante la correspondiente resolución de reconocimiento).
  • Personas en desempleo de larga duración (se acreditará con informe de periodos de inscripción del Servicio Andaluz de Empleo).
  • Personas desempleadas inmigrantes (se acreditará mediante NIE y demanda de empleo).
  • Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social (se acreditará a través del correspondiente certificado de los servicios sociales públicos o documento probatorio equivalente).
  • Personas que tengan reconocida la condición de refugiado/a y personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal (se acreditará a través del correspondiente certificado de los servicios sociales públicos o documento probatorio equivalente). 
  • Personas pertenecientes a minorías étnicas, cuando acrediten estar en situación o riesgo de exclusión social (se acreditará a través del correspondiente certificado de los servicios sociales públicos o documento probatorio equivalente). 

Si el número de participantes de colectivos no cubre la totalidad de las plazas, tendrán preferencia:

- Mujeres víctimas de violencia de género (se acreditará con: Certificación o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración Pública competente. Certificación o informe de los servicios de atención a víctimas de violencia de género de la Administración Pública competente.  Certificación o informe de los servicios de acogida de la Administración Pública competente. Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral. Resoluciones judiciales por violencia de género: documento acreditativo de la orden de protección, medidas cautelares o sentencia condenatoria por violencia de género. Informe del Ministerio Fiscal de cuyo contenido se desprende que existen indicios de violencia de género. Atestado de la autoridad policial que acredite la existencia de indicios razonables sobre la condición de víctima de violencia de género. Cualquier otro que venga establecido por norma de rango legal).

- Personas con discapacidad física, mental, intelectual o sensorial reconocida igual o superior al 33% o de con una valoración de la situación de discapacidad de entre 20% y que no alcancen el 33% (se acreditará con certificación emitida por el órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía u otras Administraciones Públicas competentes. En el caso de discapacidad mental, también se admitirá como acreditación, el correspondiente Informe Técnico de los Servicios de Salud Mental de la red Sanitaria Pública de Andalucía).

- Si restasen plazas, hasta un máximo de 30%, se asignarán a personas desempleadas solicitantes no pertenecientes a ningún colectivo.