El Ayuntamiento y Apyme elaboran un listado con los establecimientos y comercios de proximidad que prestan servicios durante el estado de alarma

NEGOCIOS ABIERTOS CARTEL

El Ayuntamiento y Apyme elaboran un listado con los establecimientos y comercios de proximidad que prestan servicios durante el estado de alarma

17/04/2020

NEGOCIOS ABIERTOS CARTEL

El Ayuntamiento de Lebrija y la Asociación de Pequeños y Medianos Empresarios de Lebrija han elaborado un listado compuesto por los establecimientos y los comercios que están prestando sus servicios en la localidad durante el actual estado de alarma, decretado el pasado 14 de marzo por la crisis sanitaria del coronavirus, conforme a las indicaciones del Gobierno de España.

El objetivo de esta campaña es facilitar a los lebrijanos y lebrijanas esta información útil, que estará disponible de forma permanente en la web municipal www.lebrija.es. Además, con esta iniciativa tanto la Asociación de Pequeños y Medianos Empresarios como el Ayuntamiento de Lebrija quieren reconocer el gran esfuerzo que están realizando los responsables de los establecimientos y sus trabajadores para que el conjunto de la ciudadanía tenga acceso a productos y servicios básicos. Asimismo, ambas instituciones desean animar a la ciudadanía a consumir en el pequeño comercio de proximidad, que presta un servicio profesional y de máxima calidad.

Como se establece en el Real Decreto de 14 de marzo, sigue suspendida la apertura cualquier comercio minorista, a excepción de los de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, sanitarios, centros o clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por Internet, telefónico o correspondencia.

Se recuerda que los ciudadanos que únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:


- Adquisición de alimentos, productos farmaceúticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
- Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
- En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

Es fundamental y necesario que todos nos quedemos en casa para evitar la propagación de este virus. Hay que evitar salir de casa a menos que sea estrictamente necesario. #yomequedoencasa #EsteVirusLoParamosUnidos.