Los titulares de las explotaciones deben elaborar de un Plan de contingencia específico frente a la COVID-19  

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Los titulares de las explotaciones deben elaborar de un Plan de contingencia específico frente a la COVID-19  

02/09/2020

La Junta de Andalucía aprobó ayer nuevas medidas preventivas de salud pública que deberán aplicarse en las explotaciones agrarias  

Ayer, 1 de septiembre, se publicó la Orden de Salud Pública dirigida a titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas andaluzas que contratan a personas trabajadoras temporales para la realización de las distintas campañas agrícolas y ganaderas con el objetivo de alcanzar un entorno seguro frente al Covid-19.

Estas medidas, incluidas en la Guía que ha elaborado el grupo de trabajo de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica para este tipo de explotaciones, tienen como fin limitar la aparición de brotes ocasionados por el virus en explotaciones agrarias, forestales y agroforestales, favoreciendo su detección temprana y mitigando sus consecuencias.

De este modo, se establece que las personas titulares de dichas explotaciones deberán elaborar un plan de contingencia específico frente al Covid-19 antes de la contratación de dichos trabajadores. Asimismo, deberán poner en conocimiento y colaborar con las autoridades sanitarias ante cualquier posible sospecha o caso compatible con el Covid-19. Por otro lado, los empresarios deberán habilitar alojamientos que permitan el aislamiento de trabajadores contagiados o sospechosos debiendo asegurar las condiciones de habitabilidad, salubridad e higiene.

Asimismo, se contempla que en todas las explotaciones se establezcan medidas preventivas respecto a la prevención y control del Covid-19, como son la información y formación de los trabajadores, la disposición de cartelería informativa, medidas de limpieza, desinfección y ventilación en vehículos de transporte colectivos, control de acceso a los lugares de trabajo, limitando las visitas de personal y empresas externas a la explotación, uso de zonas comunes y actividad laboral que eviten las aglomeraciones y permita mantener la distancia de seguridad, uso de mascarilla obligatorio, establecimiento de grupos de trabajo o cuadrillas estables, identificación y señalización del aforo en zonas comunes, uso individual de los útiles y equipos de trabajo y colocación de geles hidroalcohólicos en puntos estratégicos.

También se escalonarán las distintas pausas o descansos mediante turnos correspondientes a cuadrillas o grupos de trabajo, se facilitará agua potable de consumo evitando aquellos repartos que conlleven un uso compartido, se garantizará que la persona que tenga un diagnóstico confirmado de Covid-19 o sea considerado contacto estrecho de un caso confirmado, no acuda a trabajar y se dispondrá de un listado con todos los datos identificativos de los trabajadores temporales.

- Consulta la normativa en el siguiente documento.

Medidas preventivas hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19) en las explotaciones agrarias, forestales y agroforestales con contratación de personas trabajadoras temporales

Orden de 1 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas de salud pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus (COVID-19) en las explotaciones agrarias, forestales y agroforestales con contratación de personas trabajadoras temporales.

 

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BOJA20-552-00006-9767-01_00177089 (1) 252,67 KB