Se abre el plazo de solicitudes para la nueva edición del Programa Extraordinario para la prevención de la Exclusión social

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Programa Exclusión Social septiembre 2020

Se abre el plazo de solicitudes para la nueva edición del Programa Extraordinario para la prevención de la Exclusión social

31/08/2020

Se podrá solicitar cita previa a través de la Web municipal desde el miércoles 2 al jueves día 10 de septiembre para presentar la solicitud y la documentación requerida

El Ayuntamiento de Lebrija, a través de la Delegación de Bienestar Social, informa que a partir del próximo miércoles se abrirá el plazo de solicitudes y  de la entrega de la correspondiente documentación para la convocatoria del nuevo “Programa Extraordinario para la Prevención de la Exclusión Social”, puesto en marcha por el Consistorio.

El Ayuntamiento de Lebrija junto con la Diputación de Sevilla,  con el objeto de minimizar el impacto negativo que ha supuesto la situación de crisis económica y social por la aparición de la Pandemia generada por el COVID-19, continúa llevando a cabo diversas medidas de apoyo dirigidas a las familias y colectivos vulnerables que se ven particularmente afectados por las circunstancias actuales.

Por ello, se pone en marcha la nueva edición extraordinaria del  Programa para la Prevención de la Exclusión Social 2020 con una inversión total de 186.033,91 euros, cofinanciado por el ente provincial (157.655,85€) y por el Ayuntamiento (28.378,05€) para la contratación de personas demandantes de empleo, que padezcan graves problemas socio-económicos y que carezcan de recursos para hacer frente a las mismas.

¿Cómo presentar las solicitudes?

Las personas interesadas podrán presentar la solicitud de manera presencial en el Centro de Servicios Sociales, sito en C/ Corredera, nº 70, a través de cita previa, que podrán solicitar en la página del Ayuntamiento www.lebrija.es. El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto desde el día 2 hasta el día 10 de septiembre.

 Las contrataciones tendrán 1 mes de duración, se realizarán por orden de prioridad a las personas solicitantes que cumplan los requisitos establecidos y obtengan mayor puntuación. 

Los Requisitos mínimos que los solicitantes deben cumplir son:

  1. Estar empadronados en Lebrija a 1 de enero de 2020.
  1. Pertenecer a una unidad familiar en umbrales económicos inferiores al 1,75 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para un solo miembro (941,22 €), de 2 veces para unidades de 2 miembros (1.075,68 €), de 2,25 veces para unidades familiares de 3 ó 4 miembros (1.210,14 €) y de 2,75 veces para familias de 5 ó más miembros (1.479,06 €).

Se tendrán en cuenta los ingresos correspondientes a los 6 meses previos a la aprobación de las Bases.

3.- Estar en situación de desempleo a 1 de septiembre de 2020.

 Estas contrataciones irán destinadas a aquellas personas en riesgo de exclusión social que vivan solas, personas pertenecientes a unidades familiares que tengan menores o personas dependientes a su cargo, miembros de unidades familiares en las que convivan jóvenes que tengan dificultades económicas para continuar sus estudios universitarios o ciclos formativos de grado medio o superior, mujeres en situación de riesgo o proclives a desembocar en situaciones de exclusión social, con carácter preferente víctimas de violencia de género.

Tendrán prioridad aquellas personas que se encuentren en una situación de riesgo de exclusión social agravada por la situación generada por la pandemia de COVID-19.

 La documentación que deberán presentar las personas interesadas será la siguiente:

  • Fotocopia de DNI del solicitante.
  • Informe de Vida Laboral de todos los miembros mayores de 16 años de la unidad familiar.
  • Informe de Base de Cotización del año 2020 de todos los miembros mayores de 16 años de la unidad familiar.
  • Personas separadas o divorciadas: fotocopia de sentencia del Juzgado donde se indique la cuantía de la pensión alimenticia de los/ hijos/as y, en su caso, la de la pensión compensatoria.
  • Fotocopia del Grado de Discapacidad, en los casos que corresponda.
  • Caso de Víctima de Violencia de Género: fotocopia de sentencia del Juzgado.