Hasta el 5 de mayo se podrán solicitar las ayudas al sector turístico

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Hasta el 5 de mayo se podrán solicitar las ayudas al sector turístico

Esta línea está destinada a empresas que organizan actividades de turismo activo  en Andalucía 

El Ayuntamiento de Lebrija hace saber que hasta el 5 de mayo se podrán solicitar las ayudas directas dirigidas tanto al sector turístico como a las agencias de viajes.

Tal y como se establece en las bases publicadas en el BOJA de 23 de marzo,  por el que se adoptan diversas medidas, con carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), esta medida extraordinaria tiene como finalidad paliar los efectos del impacto económico negativo que la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, con el fin de ayudar a sostener la continuidad de sus empresas o negocios, evitando el cese definitivo de los mismos, y por tanto, la destrucción de empleo.

El plazo de solicitud finalizará el próximo 5 de mayo de 2021.

Por un lado, las ayudas están destinadas a empresas que organizan actividades de turismo activo en Andalucía. Sólo se puede solicitar una línea de subvención por persona beneficiaria de entre estas líneas: 

  • Línea 1, dirigida a empresas que organizan actividades de turismo en Andalucía.
  • Línea 2, destinadas a casas rurales en nuestra comunidad autónoma.
  • Y línea 3,  ayudas a guías de turismo.

Las personas interesadas en esta línea de ayudas pueden consultar el siguiente enlace: https://bit.ly/2Pm53OX

Ayudas dirigidas a las agencias de viajes

Por otro lado, la Junta de Andalucía ha publicado unas ayudas dirigidas específicamente a las agencias de viaje. Esta línea está destinada a:

  • Las agencias de viajes con sucursales abiertas al público.
  • Las agencias de viajes online, cuya actividad se preste a través de los servicios de la sociedad de la información cuando esté en Andalucía el lugar en que se encuentre centralizada la gestión administrativa y la dirección de sus negocios, entendiéndose por tal donde radique su domicilio fiscal o, en caso de personas jurídicas, su domicilio social.

Las personas que así lo deseen pueden consultar los requisitos e iniciar el trámite a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3ezKqau.