Una medida impulsada por el Gobierno de España que persigue posibilitar que las personas jóvenes puedan acceder al alquiler de una vivienda y su emancipación

El Consejo de Ministros aprobó ayer, martes 18 de enero, el bono joven de ayuda al alquiler, destinado a jóvenes de edades comprendidas entre los 18 a 35 años.
El Gobierno de España ha regulado los requisitos para que las personas jóvenes de edades comprendidas entre los 18 y los 35 años puedan optar al bono de alquiler, que incluye también el de habitaciones, y las condiciones de esta ayuda.
Requisitos
Las personas beneficiarias deberán tener ingresos no superiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y la vivienda arrendada deberá tener la consideración de habitual y tener un coste máximo de 600 euros/mes, sin perjuicio de que pueda ascender a los 900 euros/mes en algunos supuestos acordados en la Comisión de seguimiento formada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la comunidad autónoma correspondiente.
En el caso de los alquileres de habitación, el coste máximo será de hasta 300 euros/mes por habitación, un tope que podrá elevarse hasta los 450 euros/mes si así lo establece la Comisión de seguimiento.
La ayuda será de 250 euros al mes durante dos años, cantidad que podrá ser complementada por otras ayudas reguladas en el Plan Estatal de Vivienda o que establezcan adicionalmente las comunidades autónomas. Será compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital.
Tendrán acceso al bono joven todas aquellas personas, que además de cumplir los requisitos, no reciban otro tipo de ayuda por el alquiler de la vivienda.
Cómo solicitar la ayuda del bono joven de alquiler
El bono joven del alquiler debe solicitarse a través de la Consejería de Vivienda de la Junta de Andalucía, que ostenta las competencias en esta materia. Una vez que la Junta publique la Orden y, la posterior convocatoria, se podrá solicitar estas ayudas.
Las ayudas tienen carácter retroactivo y se aplican desde el mismo 1 de enero de 2022.
Para más información, las personas interesadas pueden consultar el Boletín Oficial del Estado a través del siguiente enlace.