El plazo para aceptar las ayudas del Gobierno de España para la compra de fertilizantes finaliza el 27 de julio
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Ya se ha publicado el primer listado de personas beneficiarias y es imprescindible realizar la aceptación expresa para que la ayuda pueda hacerse efectiva.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el primer listado de personas beneficiarias de las ayudas destinadas a la compra de fertilizantes correspondientes a 2026. Estas subvenciones han sido asignadas de oficio a los titulares de explotaciones agrícolas que hayan declarado cultivos en la PAC, si bien es imprescindible aceptar expresamente la ayuda para poder recibirla.
El plazo para realizar este trámite permanecerá abierto hasta el próximo 27 de julio de 2026.
⇒ Cómo comprobar si se es beneficiario
Las personas interesadas pueden consultar si figuran entre los beneficiarios accediendo al listado publicado por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). Para ello deberán introducir su DNI y descargar el listado completo, donde podrán comprobar la cuantía de la ayuda asignada.
Enlace de consulta:
https://www3.sede.fega.gob.es/gesaexcse/inicio/inicio.action?ayuCodigo=16
⇒ Compromisos asociados a la ayuda
La aceptación de la subvención implica la presentación de una declaración responsable mediante la que el titular de la explotación se compromete a:
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Haber adquirido o adquirir fertilizantes con fecha posterior al 1 de marzo de 2026.
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Destinar dichos fertilizantes a las explotaciones agrícolas de las que es titular.
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Garantizar que las cantidades adquiridas son coherentes con los objetivos de producción establecidos en el Real Decreto 1051/2022.
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Conservar las facturas de compra durante un periodo de 10 años desde la concesión de la ayuda.
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Poner dicha documentación a disposición de la Administración en caso de requerimiento.
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Permitir la comprobación de los registros del cuaderno de explotación durante ese mismo periodo.
⇒ Aceptación mediante certificado digital
La aceptación debe realizarse de forma electrónica a través de la sede del FEGA utilizando certificado digital, en el siguiente enlace:
https://www3.sede.fega.gob.es/ConRegExt/regmantenimientos/inicioAsientos.action?tramite=AEA_FERT2026
En el caso de las entidades jurídicas, el trámite deberá efectuarse con el certificado digital de la sociedad.
Las personas físicas pueden autorizar a UGAM COAG para que gestione la aceptación en su nombre. Para ello será necesario firmar la correspondiente autorización y adjuntar una fotocopia del DNI del titular de la explotación.
⇒ No dejar pasar el plazo
Desde el Ayuntamiento de Lebrija se recuerda la importancia de revisar cuanto antes si se figura en el listado de beneficiarios y completar el trámite de aceptación dentro del plazo establecido, ya que la ayuda no se abonará si no se realiza esta aceptación expresa antes del 27 de julio de 2026.
